Pago

27/11/2024 1.515 Palabras

Derecho Técnicamente el pago es el cumplimiento de la obligación mediante la ejecución de la prestación debida. Con la realización o cumplimiento de lo convenido —sea ello un servicio, una obra, una cantidad en dinero o especie, etc.— se extingue la obligación y queda liberado el deudor. Se discute si el acreedor tiene el deber de admitir (recibir) el pago. El problema es más teórico que práctico, pues tenga o no el acreedor el deber de aceptar el pago, lo cierto es que el deudor puede desembarazarse de su deuda mediante la consignación de lo convenido, en tanto que el acreedor, si se niega a recibir el pago, incurre en mora. De cualquier forma, el pago es la manera relativamente más frecuente de extinción de la deuda y del crédito.

Este sitio web utiliza cookies, propias y de terceros con la finalidad de obtener información estadística en base a los datos de navegación. Si continúa navegando, se entiende que acepta su uso y en caso de no aceptar su instalación deberá visitar el apartado de información, donde le explicamos la forma de eliminarlas o rechazarlas.
Aceptar | Más información